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¿Qué necesito para hacer una escapada de fin de semana a la montaña?

  • EMPRESAS
  • 03/08/2022 - 10:51
¿Qué necesito para hacer una escapada de fin de semana a la montaña?

Ir de viaje a la montaña es una experiencia muy gratificante que nos permite desconectar y estar en contacto directo con la naturaleza, También realizar actividades deportivas específicas de montaña para disfrutar al máximo de todas sus ventajas.

 

La montaña es ideal para realizar actividades como esquí, senderismo, montañismo, ciclismo, camping, escalada y muchas más dependiendo la época en que viajemos. Aunque muchas de estas actividades no requieren experiencia previa, es muy recomendable seguir las instrucciones de seguridad de la zona y tomar precauciones e informarse de las características particulares del lugar y su entorno.

 

¿Qué cosas son imprescindibles para un viaje de montaña?

 

Equiparse correctamente para ir a la montaña es muy importante, también planificar con antelación las diversas actividades que vamos a realizar.  Entre las cosas imprescindibles para un viaje de montaña podemos mencionar:

 

•    Llevar la ropa y el calzado apropiado tanto para las actividades específicas como para movernos en la montaña. Entre las prendas básicas tenemos el forro polar (aunque sea verano), guantes, gorra, chaqueta cortavientos, gafas de sol y crema de protección solar.

 

•    Un botiquín, un GPS o brújula, agua para hidratarnos, barritas energéticas, una manta térmica y el móvil con la carga completa, hay algunas webs que permiten enviar la geoposición exacta del usuario por lo que sería una herramienta útil para descargarla y tenerla activa en el móvil.

 

Hay más elementos que se podrían agregar a esta lista pero depende en gran parte del lugar y el tiempo que dure nuestra excursión, como de las actividades a realizar.

 

Usaré el coche de un familiar ¿debe notificarlo al seguro?

 

Es de vital importancia que tu nombre figure en la póliza del coche que conduces, sucede a menudo que algún familiar nos confíe un coche para realizar algún viaje corto de fin de semana. En este caso es preferible por tu seguridad que contrates un seguro que te cubra de cualquier riesgo a ti y a tus acompañantes, tienes la opción de contratar un seguro por días para viajar tranquilo, https://www.arpem.com/seguros-coche/por-dias/.

 

Una de las ventajas de contratar un seguro temporal o por días, es que puedes hacerlo en línea desde la comodidad de donde te encuentres y en muy poco tiempo.

 

¿Cuáles son los requisitos para contratar un seguro por días?

 

Los requisitos para contratar un seguro por días básicamente son dos:

 

•    Que tu carnet de conducir tenga una antigüedad mínima de un año.

 

•    Tener una edad mínima de 21 años.

 

Entre las razones más comunes para contratar un seguro por días podemos mencionar:

 

•    Llevar un coche que ha estado parado para pasar la ITV.

 

•    Para los propietarios con más de un vehículo.

 

•    Para las personas que necesitan un vehículo prestado como en este caso, para hacer un viaje de fin de semana.

 

•    Vehículos clásicos que han de llevarse a una exposición.

 

•    Vehículos recién comprados, para su traslado.

 

¿Qué coberturas incluye un seguro por días?

 

Las coberturas pueden variar dependiendo la compañía de seguros y también de las que tú mismo elijas agregar para mayor protección, entre las coberturas básicas están por ejemplo:

 

1.    Responsabilidad Civil Obligatoria. Esta cobertura hace frente a las indemnizaciones por daños materiales y personales a terceros que haya provocado el conductor del vehículo asegurado.

 

2.    Responsabilidad Civil Voluntaria. Es una cobertura complementaria para cubrir la cuantía de la responsabilidad civil obligatoria por los daños ocasionados a terceros por el conductor con motivo de la circulación.

 

3.    Asistencia en viaje. Que puede incluir asistencia médica y sanitaria, reparaciones de urgencia en carretera, perdida de llaves, remolcaje por accidente o avería, traslado de heridos o fallecidos, convalecencia en hotel, etc.

 

¿Tengo obligaciones fiscales después de cobrar una indemnización por accidente? 

 

En caso de accidente el seguro te pagará una indemnización por los daños que hayas sufrido, y lo hará como resultado de la responsabilidad civil de la parte causante del accidente. Este tipo de indemnizaciones están exentas de tributar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), siempre que se correspondan con una cuantía establecida por el juez o el baremo en la Ley 35/2015. Consulta las excepciones aquí.

 

https://www.arpem.com/seguros-coche/articulos/indemnizacion-accidente-trafico-hacienda/ 

 

¿Cómo se calcula la indemnización por accidente de tráfico?

 

En el caso de la pérdida de calidad de vida temporal, se distinguen tres grados en los cuales se incluye la indemnización por perjuicio básico. Se trata del perjuicio moral producido a la víctima, que se ve impedida o limitada en su autonomía personal, esto son:

 

1.    Perjuicio muy grave: cuando el lesionado pierde de forma temporal su autonomía personal para llevar a cabo prácticamente la totalidad de las actividades esenciales de la vida ordinaria, como por ejemplo ingreso en la unidad de cuidados intensivos.
Cuantía indemnizatoria por día 107,98 €.

 

1.    Perjuicio grave: cuando el lesionado pierde de forma temporal su autonomía personal para realizar la mayor parte de las actividades esenciales de la vida ordinaria o de sus actividades específicas de desarrollo personal, como por ejemplo la estancia hospitalaria. Cuantía indemnizatoria por día 81,00 €.

 

2.    Perjuicio moderado: cuando el lesionado pierde de forma temporal su autonomía personal para llevar a cabo una parte de sus actividades específicas de desarrollo personal, por ejemplo la incapacidad para desarrollar la actividad laboral. Cuantía indemnizatoria por día 56,15 €.

 

3.    Perjuicio personal básico por lesiones temporales: se trata del perjuicio padecido desde la ocurrencia del accidente hasta la finalización del proceso curativo o hasta su estabilización, pero que no afecta a la actividad diaria, se equipara a una baja médica pero no a una incapacidad laboral. Cuantía indemnizatoria por día 32,40 €.

 

También está el perjuicio patrimonial por lesiones temporales, el cual se divide en daño emergente y lucro cesante, 

 

El daño emergente se trata de los gastos de asistencia sanitaria, prótesis, órtesis, y productos de apoyo que  necesite el lesionado hasta su curación o estabilización por indicación médica. Dichos gastos podrán ser abonados por las compañías aseguradoras directamente a los centros sanitarios correspondientes.

 

El lucro cesante corresponde a la pérdida o disminución temporal que provienen del trabajo, para su cálculo se tendrán en cuenta los ingresos recibidos en el período análogo del año anterior al accidente. Del que se han de deducir las prestaciones públicas que percibe el lesionado.
 

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