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Secuelas del caso Medianito

Para el Agüimes, el Mundial no era un Mundial

El club grancanario expuso ante el CCDD que el torneo organizado por la Federación Regional carece de fundamento jurídico y normativo para su correcta celebración

  • TOQUE POR DENTRO
  • 11/03/2019 - 17:33
Para el Agüimes, el Mundial  no era un Mundial Juan Ramón Marcelino, presidente de la Federación de lucha canaria (C. Torres)

M. B.

La pasada semana, el Comité Canario de Disciplina Deportiva desarmó con su resolución la iniciativa de la Federación Regional de Lucha canaria para sancionar al puntal Ricardo Rodríguez Medianito IV y a otros tres luchadores más por no acudir al denominado Mundial de lucha canaria. Esas ausencias se produjeron por sendas lesiones (Medianito y Añaterve Abreu) y motivos laborales (Ana Samblás). Fueron los tres deportistas que presentaron recursos ante el CCDD.


De esta competición incipiente se ha hablado más por sus secuelas dejadas en los despachos y en la final de la Liga insular de Gran Canaria que del brillo o bajo nivel de espectáculo (a elección del consumidor) que ofreció en el Centro Insular de Deportes.


El fallo del caso Medianito no es un asunto cualquiera. Es un episodio que ha hecho temblar los cimientos de Gran Canaria, del CL Unión Agüimes e, incluso, meditar sobre su posible retirada a un bregador que es ejemplo como deportista y persona para las generaciones venideras. Hay mucho más, porque el Agüimes aún pide que se depuren responsabilidades en la Federación que, de momento, guarda silencio y tiene más expedientes contra Medianito que resolver.


Tinta Amarilla ha tenido acceso a la documentación que presentó el club lagartero ante el Comité Canario de Disciplina Deportiva, que fue estimada parcialmente en la resolución de la pasada semana. A modo informativo, destacamos los argumentos de un club que se sintió agredido y que ha llegado a afirmar en una nota oficial que se "obró de mala fe".


En ese recurso afirma el Agüimes al CCDD que " la Federación de Lucha Canaria utilizó la inscripción de carácter voluntario de luchadores y luchadoras para publicar una "convocatoria" el día 5 de diciembre de 2018 sabiendo ya de antemano que Ricardo Jesús Rodríguez Brito estaba lesionado". Y en la convocatoria estaba el nombre del puntal palmero.

 

Un error grave de inicio

 

El Agüimes considera sobre el denominado Mundial de lucha canaria que se produjo "un error grave de planificación, diseño y ejecución de la Federación de Lucha Canaria" (...) Porque "para empezar, la Federación de Lucha Canaria no puede organizar una competición de carácter mundialista dada la falta de acreditación internacional. Además, incurre gravemente en la seguridad jurídica de los participantes dado que no existe reglamentación ni normas de competición para el supuesto mundial. No ha sido respaldado por ningún organismo internacional ni ha sido constituido por el mínimo de países establecido por la normativa internacional. En este caso han participado, por invitación, Corea y España, habiendo un número de luchadores considerable que han rechazado su participación o bien no han contestado".


Recuerda en este punto, de especial relevancia en el recurso, que "una competición de esta índole debe garantizar la Disciplina Deportiva mediante el arbitraje deportivo de un Comité Internacional que garantice la independencia y la igualdad entre deportistas. En cambio, el Comité de Disciplina que ha ejecutado las sanciones en el Mundial de Lucha Canaria ha sido el Comité de Disciplina de la Federación de Lucha Canaria (...) estableciendo sanciones solamente a los luchadores de Canarias. Esto es un agravio comparativo entre deportistas participantes que, además, va en contra de la Ley 8/1997, de 9 de julio, Canaria del Deporte. Por ejemplo, en su apartado 2.f. donde las líneas generales de actuación de la ley van dirigidas al reconocimiento del deporte como elemento integrante de nuestra cultura, así como la recuperación, mantenimiento y desarrollo de los juegos y deportes autóctonos y tradicionales.


Pero además, para participar en una competición mundial, los participantes deben tener licencias internacionales concedidas por Federaciones Internacionales. Los luchadores de lucha canaria no tienen licencias internacionales, tampoco los luchadores de la modalidad leonesa, cuya federación tampoco es internacional. Que además deben estar avalados por el Comité Olímpico Internacional. Por lo tanto, el Campeonato Mundial de Lucha Canaria carece de fundamento jurídico y normativo para su correcta celebración, siendo más bien un Torneo entre diferentes regiones, o simplemente, un Torneo de Lucha Canaria con invitación a luchadores regionales de otras regiones de España. En este supuesto, los luchadores de Corea son los únicos que cumplen con los requisitos para participar en competiciones mundiales.


De esta forma, se debe suspender o modificar dicha competición. Al carecer de reglamentación ni ajustarse de la normativa internacional, el Comité de Disciplina no puede sancionar a luchadores ni clubes participantes en lo que más bien es una exhibición de lucha canaria", añade en su exposición extensa el club del Sureste.

 

"Abuso de autoridad"

 

Para el Agüimes, en la sanción a Medianito IV "existe prueba manifiesta de que la Federación de Lucha Canaria "actúa de mala fe" y con "abuso de autoridad" dado que tal como se redacta en la sucesión de hechos, la Federación de Lucha Canaria conociendo en manos de su presidente, decide realizar una convocatoria del luchador Don Ricardo Jesús Rodríguez Brito. Una convocatoria que no debe tener validez ya que de "autoritaria y aprovechando el poder" utiliza las inscripciones voluntarias e individuales a la competición. Esta convocatoria tiene fecha de salida 5 de Diciembre de 2018.


Por si no hay aún pruebas suficientes de que estas sanciones van alejadas de la vía deportiva, se adjunta también la entrevista del Presidente de la Federación de Lucha Canaria en el programa Todo Lucha de la Televisión Canaria, donde claramente deja ver que las sanciones se imponen sin atender a la razón, simplemente a un antojo federativo para camuflar el fracaso del denominado Mundial de Lucha Canaria"


Además "de acuerdo al artículo 95 del Reglamento Disciplinario de Lucha Canaria, esta convocatoria para la participación en el Mundial de Lucha Canaria no respeta el plazo de dos días hábiles para dar trámite de audiencia de los implicados, ya que el día 6 de Diciembre comenzaría el Mundial de Lucha Canaria. De esta forma, nuevamente como muestra explícita de la "mala fe" de la Federación de Lucha Canaria, se cita a los deportistas sin margen para certificar lesiones, horario laboral u cualquier otra situación que imposibilite su concurrencia".

 

Interpretación incorrecta

 

La sanción a Medianito, según el club grancanario, la realiza el Comité de Disciplina de la Federación Regional con una "interpretación incorrecta del Reglamento Disciplinario de la Federación de Lucha Canaria en este caso. El artículo 63 del Reglamento Disciplinario de la Federación de Lucha Canaria claramente establece sanciones para convocatoria oficiales de la Federación de Lucha Canaria para las selecciones. En este caso, queda manifiesta el carácter individual y voluntario de la competición".


Se apoya esta afirmación en las propias declaraciones del presidente Marcelino "en las que se hace hincapié en la inscripción voluntaria de luchadores y luchadoras para participar en un evento de carácter individual. Sorprendentemente, en esta misma rueda de prensa, Don Ramón Marcelino continúa destacando el carácter improvisado de la competición, reconociendo que no ha dado tiempo a esgrimir de forma correcta toda su preparación normativa, dada la premura de los participantes coreanos".

 

¿Cuál es la sanción para los extranjeros?

 

Por otro lado, indicaba en esas manifestaciones el presidente de la Federación de Lucha Canaria, "que hay luchadores de otras regiones que han desistido de participar o bien no han contestado. La pregunta correspondiente es ¿cuál es la sanción a esos luchadores?, ¿tiene potestad la Federación de Lucha Canaria para sancionar a luchadores de un torneo individual y voluntario?. O simplemente, ¿solo se sancionan a los luchadores de Canarias?.


Volviendo al carácter individual y voluntario, la Federación Insular de Lucha Canaria de Gran Canaria transmite a los luchadores la siguiente circular informativa del denominado Campeonato Mundial de Lucha Canaria (adjunto Circular del Campeonato Mundial de Lucha Canaria) y el siguiente formulario de inscripción (ver Formulario de Inscripción al Campeonato Mundial de Lucha Canaria). Por lo tanto, queda más que manifiesto el carácter voluntario de las inscripciones".


El recurso del Unión Agüimes argumentaba 24 puntos desmenuzando la actuación de la Federación y obligándose a analizar una competición que, en su nacimiento, ha dejado más recuerdos de polémica que de estética deportiva.


Y aún el asunto no está cerrado porque varios expedientes siguen abiertos contra el luchador y club, con la posibilidad de que el río vuelva a caer en manos del CCDD.