
El nuevo Reglamento de Competiciones para la temporada 2014-2015, aprobado el 10 de septiembre, indica que si un árbitro es convocado de manera errónea a una competición se anularán todos los resultados de la misma. Igualmente regulariza las sanciones de las bajas y no presentados.
Juan Pedro Borrego

Imaginen a un nadador que acaba de batir un récord y que después de consumarse le confirmen que ese registro lo anula el propio responsable de la infracción. Y lo invalida sin asumir responsabilidades de ningún tipo. Pues eso puede ocurrir si la Federación Canaria de Natación lleva a efecto punto por punto el Reglamento para la temporada 2014-2015 que acaba de publicar en su web. Esta extraña norma y la de las sanciones de las 'bajas y no presentados' en las competiciones se establecen en el nuevo Reglamento de Competiciones. El documento lleva como firmantes al presidente de la Federación Canaria, Juan José Martín, y el de la secretaria de la Federación, Emma Izquierdo, y en la referencia del mismo aparecen las siglas JJMP (se supone que Juan Jose Martín Pérez) y FCdI (se supone que las de su vicepresidente, Fernando Castro de Isidro).
La Federación, que aprobó este nuevo Reglamento de Competiciones el 10 de septiembre, lo publicó el pasado día 14 de noviembre en el apartado de 'Circulares' de su web sin ser comunicado a los clubes directamente (ver pantallazo de su localización, al lado). En él se incluye la intención federativa de volver a sancionar a los clubes por las bajas de los nadadores, así como obligar a los mismos a tramitar las licencias de sus directivos, técnicos, deportistas y delegados 15 días antes del inicio de cada temporada. También establece que cuando esa propia federación cometa un error en la convocatoria de un árbitro, anulará los tiempos de esa competición.
Una de esas novedades de este reglamento es la de obligar a suscribir licencia federativa a los directivos de los clubes; o que se deben obtener las licencias 15 días antes del inicio de cada temporada. Igualmente, el nuevo reglamento indica que se debe contar en cada club con un entrenador superior, o en su defecto de un auxiliar de entrenador; así como contar con un delegado, y abonar la licencia de este.
En lo referente a las competiciones, las normas que más pueden alertar a los clubes son las de las sanciones a estos por bajas o no presentados en las competiciones, así como el de normalizar el establecimiento de cuotas de inscripción para las mismas. Las cuantías de las mismas deberán establecerlas la Asamblea de la Federación Canaria. Este tipo de sanciones ya empezó a ser llevados a cabo por la Federación bajo las propuestas sancionadoras de Castro de Isidro, y que parecieron aparcadas y olvidadas en su momento.
En el artículo 39, el que pretende anular todos los tiempos de una competición en el caso de que un árbitro de la misma fuera convocado de manera errónea y actuara como tal, se indica lo siguiente: "Un árbitro que no haya abonado la correspondiente licencia no podrá ser convocado para ninguna competición oficial. Si por error fuera convocado y ejerciera como árbitro en tal competición, la competición sería declarada nula así como las marcas, registros de tiempo y resultados".
Junta electoral
Todo ello ocurre en las puertas de un proceso electoral en la Federación Canaria de Natación, que ya calienta motores con la publicación de los precensos electorales, precisamente el mismo día en el que se hace 'público' este Reglamento. La Federación también anuncia los componentes de la Junta Electoral, que son los siguientes: Jorge Puig Palma (presidente), Mari Carmen Medina Mesa (Vocal) y Aaugusto Ortega Sanabria (Vocal). Como suplentes han sido designados Sara Cristina Culebras López (presidenta), Tania Hernández Hernández (Vocal) y José Francisco Rodríguez Navarro (Vocal).
En la parte inferior de esta información pueden leer el nuevo Reglamento y el anunico de la Junta Electoral



