La Liga y la RFEF autorizan a contratar un jugador en paro
- ENTRE BASTIDORES
- 20/02/2018 - 15:42
Jémez, dirigiendo a los amarillos este martes en Telde (UD Las Palmas.es)
B.P.
Ya es oficial también. La UD Las Palmas podrá relevar a Jonathan Viera fuera del mercado de jugadores. Se pone en marcha la comisión deportiva puesto que el club informaba a primera hora de la tarde que tanto la Real Federación Española de Fútbol y la Liga de Fútbol Profesional le han confirmado que "puede fichar a un jugador que ocupe la plaza de Jonathan Viera, siempre y cuando cumpla los requisitos exigidos por FIFA y por la RFEF sobre los "jugadores en paro"
El presidente Miguel Ángel Ramírez había confirmado en las últimas horas la predisposición del club a cubrir la plaza, preferentemente con un jugador del mismo corte general que Viera.
"La comisión deportiva tiene nombres" significó el titular del consejo de administración que espera también que Jémez dé el visto bueno al elegido.
El nombre de Trashorras es el más que se insiste en las últimas horas, ratificado por la Cadena Cope. La buena relación del ex jugador del Rayo Vallecano -en paro tras terminar su ciclo allí- y la entidad amarilla puede ser un puente para su contratación.
Iusport.com había avanzado esta posibilidad para abrir la puerta de entrada a la UD Las Palmas.
Lo contempla el artículo 6 del reglamento de transferencias de la FIFA al señalar lo siguiente:
"Periodos de inscripción. Un jugador podrá inscribirse durante uno de los dos periodos anuales de inscripción fijados por la asociación correspondiente. Una excepción a esta regla la constituye el jugador profesional cuyo contrato ha vencido antes del fin del periodo de inscripción y quien podrá inscribirse fuera de dicho periodo de inscripción. Las asociaciones están autorizadas para inscribir a tales jugadores profesionales siempre que se tenga en consideración la integridad deportiva de la competición correspondiente. En el caso de que exista una causa justificada para la rescisión de un contrato, la FIFA podrá adoptar medidas provisionales a fin de evitar abusos, conforme al art. 22".
No obstante, se requería el visto bueno de la RFEF, que suele concederlo salvo que aprecie que se atenta contra la integridad.