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Dos partidos de sanción y 45 euros por pisar la cabeza de un contrario

Competición resuelve así el incidente protagonizado por un jugador del Ibarra frente al San Fernando

  • TERCERA
  • 22/11/2017 - 14:26
Dos partidos de sanción y 45 euros por pisar la cabeza de un contrario El momento de la tarjeta roja a Jesua Plasencia (a4KTV)

B.P.

Sorprendente decisión del Comité de Competición de la RFEF al redactar el dictamen de sus resoluciones de la 17ª jornada en el grupo canario de Tercera División. El futbolista del Ibarra, Jesua Plasencia, ha sido suspendido con dos encuentros por "pisar a un adversario en su cabeza" sin opción de disputar el balón.

La tarjeta roja se produjo el pasado fin de semana, en el partido Ibarra-San Fernando y ya cuando el marcador señalaba 4-1 a favor del equipo del Sur de Tenerife. El jugador pisoteado del San Fernando es el centrocampista Javi Navarro.

La acción se produjo en el área del San Fernando y una vez el balón estaba ya alejado de ella. El acta arbitral, como recoge el propio fallo de Competición, señala esto: "En el minuto 89, el jugador (11) Jesua Plasencia Medina fue expulsado por el siguiente motivo: Por pisar a un adversario en su cabeza, el cual se encontraba en el suelo estando el balón en juego sin opción a disputarle, no causando lesión al adversario, el cual pudo continuar el encuentro sin necesidad de atención".

Además, argumenta el órgano federativo que "en el caso que nos ocupa, la atenta visión de la prueba videográfica aportada no permite concluir que concurra ninguno de los dos supuestos citados, ya que en las imágenes no se aprecia el momento en el que presumiblemente se produce el hecho que motivó la expulsión del jugador Don Jesua Plasencia Medina, no habiendo quedado desvirtuada la presunción de veracidad del acta arbitral".

En consecuencia, se aplica la supensión de dos partidos a Jesua Plasencia "por infracción del artículo 123.2 del Código Disciplinario de la RFEF, con multa accesoria en cuantía de 45 € al club, en aplicación del artículo 52.5".

Sustenta esta sanción competición en estos dos puntos del código disciplinario:

1. Producirse de manera violenta con ocasión del juego o como consecuencia directa de algún lance del mismo, siempre que la acción origine riesgo, pero no se produzcan consecuencias dañosas o lesivas, se sancionará con suspensión de uno a tres partidos o por tiempo de hasta un mes.

2. Si la acción descrita en el párrafo anterior se produjera al margen del juego o estando el juego detenido, se sancionará con suspensión de dos a tres partidos, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 98 del presente Código.

La clave para una sanción menor es la consideración del Comité de Competición de no aplicar la expulsión por una causa grave, con el concepto "agresión a un contrario". De haber sido así, se habrá considerado la infracción para un castigo superior de "trece a veinticuatro encuentros" para los futbolistas que cayeron en algunos de los supuestos.