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Inadmitida otra querella de García Navarro contra el primer consejo de la era Ramírez

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  • 20/09/2013 - 12:54

T.A.

Según confirmó este viernes Lino Chaparro, ex consejero y asesor jurídico de la UD Las Palmas, el juez de instrucción nº 1, Alberto Puebla, no ha admitido una querella presentada por el ex presidente Manuel García Navarro contra todo el consejo de administración de la etapa inicial de presidencia de Miguel Ángel Ramírez, la primera de la era concursal tras el relevo del propio García Navarro. "El juez no admite esta querella por diversos motivos", expone Chaparro que especifica los motivos del asunto.

El fallo de este asunto se ha ofrecido a través de la emisora oficial de la UD Las Palmas en las que el abogado ofreció la siguiente información: "Esta querella fue presentada en julio de 2013 contra el consejo de administración que inició la andadura junto a Miguel Ángel Ramírez; ese consejo nació en la junta general de accionistas de 2005. Alega presuntos delitos de falseamiento de la contabilidad, de documentos mercantil, de documentos privados y administración desleal. Todo ello lo introduce García Navarro en un el escrito de querella que ha llevado al juez al archivo de la causa, que es el acto procesal que hoy (20 de septiembre) nos comunica el Juzgado", señala Chaparro.

"El archivo de la causa se produce por los siguientes puntos: El juez entiende que los querellados -los miembros del consejo- no actuaron jamás con intencionalidad de perjudicar a nadie. El querellante -García Navarro- fue supervisor de los hechos supuestamente delictivos, porque era interventor de las actas de aquellas asambleas. Por lo tanto el juez entiende que existe una contradicción en sus alegaciones, porque él era partícipe, cómplice o supervisor porque era interventor de las mismas actas que él denunciaba. Aún así", añade Chaparro, "el juez consideró que la querella está fuera de tiempo porque dar por cierto hechos que, en teoría, habrían prescrito hace dos años en la hipótesis de que esos supuestos delitos que acusaba fueran ciertos".

Chaparro añadió que en su auto el juez no entendía cómo se había trasladado a la vía penal unos hechos que "eran subsanables en la vía civil (...) por lo que cree que es innecesaria y extemporánea la utilización de una vía tan expeditiva y tan grave como es la penal. En definitiva, es lo que dice el auto y se ve obligado a inadmitir la querella".

 

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